Domicilio Emisor - Receptor no es obligatorio en CFDi 3.3




Para los que empezamos a facturar con la nueva versión de cfdi; específicamente la 3.3; nos vamos dando cuenta que hay cambios que provocan confusión a nuestros clientes. El caso especifico que vamos a ver el día de hoy es que el domicilio tanto del emisor como del receptor ya no es requisito, es más ni siquiera es opcional; por lo que en nuestros pdf´s solo aparecera el nombre de la persona física ó moral y su RFC.

Cabe aclarar que en la versión 3.2 de CFDi no era obligatorio poner el domicilio del receptor, mas sin embargo era opcional y la gran mayoría de los sistemas que realizan facturas electrónicas (FACTUDESK, Contpaq, Aspel, etc...) si lo ponían. Los que realizaban facturas desde el portal del SAT si querían poner ese dato lo hacían. Ahora con la versión del CFDI 3.3 no contará con el campo domicilio ni para el emisor o receptor. Ni será opcional o condicional.

Información del Emisor (proveedor) en el CFDI 3.3:

Tal como aparece en la siguiente imagen extraída del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2017, los únicos datos del Emisor serán:
  • RFC (Requerido)
  • Nombre (Opcional)
  • Régimen Fiscal (Requerido)

Información del Receptor (cliente) en el CFDI 3.3:

El emisor proporcionará obligatoriamente los siguientes datos para la emisión del CFDI, algunos campos también son opcionales:

  • RFC (Requerido)
  • Nombre (Opcional)
  • Residencia Fiscal de Residentes en el Extranjero: (Condicional)
  • Número de Registro de Identidad Fiscal de Residentes en el Extranjero: (Condicional)
Por último recordarles que el PDF es de carácter informativo no tiene ninguna validez fiscal; lo que tenemos que enviar y resguardar es el XML que nos genere nuestro sistema de facturación.

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